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Nuevo impuesto que afecta a franquicias en Argentina

05 de mayo de 2009 (Buenos Aires - Argentina)

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La capital argentina cuenta con un nuevo impuesto que afecta directamente a las franquicias. El jefe de Gobierno Local, Mauricio Macri, ha aprobado una normativa, enmarcada en la resolución A.G.I.P., por la que las cadenas deben ingresar de forma anticipada el pago del impuesto a los ingresos brutos por los cánones cobrados por el dueño de la marca.

La resolución de la administración porteña contempla el pago anticipado de los impuestos de los cánones publicitarios de investigación y desarrollo, royalties por uso de las marcas, derechos, equipamientos e instalaciones iniciales de los establecimientos y cualquier otro pago derivados de los contratos pactados con sus franquiciados.

Así, el impuesto será ingresado por el comercio que utilice la franquicia pero recaerá sobre el titular de la marca.

Asimismo, las empresas no deberán practicar la percepción cuando se trate de:

- Contribuyentes registrados en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos, siempre que la suma de los pagos recibidos por el franquiciador, en cualquier concepto, no superen el importe máximo de la base imponible anual establecida por la Ley Tarifaria vigente en el año 2009 para la categoría VIII del citado régimen, en los doce meses anteriores al momento de la operación.

- En el caso de que el franquiciado resulte encuadrado simultáneamente en el presente régimen especial y en el régimen de percepción y de retención del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes registrados en el Régimen Simplificado según Res. A.G.I.P. 177/09, será aplicable la cuota prevista en el artículo 4 de la presente resolución.

Las firmas que si cumplen estos requisitos no tendrán que llevar a cabo el pago de los impuestos son: Martínez Hnos. y Cía., Dilexia, Tentissimo, Boating Shoes, Celsia, Palerva, Fidi, Bonafide, Havanna, Lady Store, Sinteplast, Cosas Nuestras, Guanacaste Group, Kaédi, G Y S, Didáctica Argentina, General Mills Argentina, Franquimar, Esther, Flotas Comerciales, Natural Meals, France Textile, Textil del Campo, Grupo Megasur, IGC, Di Ar Ce, Pasta Factory, Peluquerías MP, Peter's Hotdog, Pronto Wash, Zapico, Heladerías Freeport, Heladerías Freddo, Postres Balcarce, Carda, La Sabrosita, Arcos Dorados, Adca, G.P. Argentina, Alba Fábrica de Pinturas Esmaltes y Barnices, Ave Caesar, Pinturerías Prestigio, Guido, Kowzef, Black & Blue, Amshel, Fisk Institutes, Edulink, Sitepra, Lavanderías Argentinas, Dikter, Mostaza y Pan, Kanuteo, Print House, IGT 33, A Zael, Topyed y 25 Horas.

No es la primera vez que el ayuntamiento de Buenos Aires apela a la creación de nuevos regímenes de fiscales. A partir de febrero pasado ya rige un régimen especial que recae sobre los principales centros comerciales porteños.

Al igual que el nuevo mecanismo, los responsables de las superficies deben ingresar de manera adelantada el impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a los alquileres cobrados en concepto de la utilización de los locales que forman parte del centro comercial.

La lista de sujetos obligados incluye a los responsables de los más importantes centros comerciales de la capital argentina:

-Alto Palermo
-Galerías Pacífico
-Cencosud
-Coto CIC
-Village Cinemas
-Wall Mart Argentina

Fuente: Franquiciashoy